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Se me habia ocurrido que podiamos cargar sesiones interesantes para utilizarlo de archivo, por si tenemos que dar sesiones de gimnasia, pilates, aerobic etc etc

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lunes, 11 de abril de 2011

FOL Tema 1

TEMA 1 El derecho del trabajo.

1. El trabajo y el derecho.

La actividad regulada por el derecho del trabajo debe tener los siguientes requisitos: (4)
-Voluntariedad: el trabajador es libre de trabajar, decide si trabaja para una persona o para otra y decide cuando poner fin a la relación laboral.
-Por cuenta ajena: se trabaja para otra persona a la cual se cede el fruto del trabajo cobrando a cambio un salario.
-Dependencia: el empresario es el que ordena cuando, donde y como ha de realizarse el trabajo.
-Retribución: la actividad laboral ha de ser remunerada, lo que excluye la realizada de forma gratuita.

2. Actividades excluidas del derecho laboral

Son: (6)
-funcionarios públicos
-prestaciones personales obligatorias (servicios que los ayuntamientos exigen en caso de emergencia)
-consejero o miembro de la administración de una sociedad
-los trabajos realizados a titulo de amistad
-los trabajos familiares, salvo que se demuestre la condición de asalariado
-la actividad de los comisionistas

3. Relaciones laborales de carácter especial

Son: (8)
-personal de alta dirección
-empleados al servicio del hogar familiar
-penados en las instituciones penitenciarias
-deportistas profesionales
-artistas en espectáculos públicos
-representantes de comercio
-minusválidos en centros especiales de empleo
-estibadores portuarios (carga y descarga de muelles)

4. Las fuentes del derecho

Pueden ser internas (nacionales) o externas (internacional). Las normas se ordenan de forma jerárquica.
Principio de primacía: las normas de mayor rango prevalecen sobre las de menor rango.

4.1 Fuentes Internas
Son aquellas normas estatales. (7)

A) La constitución
Ocupa una posición suprema en nuestro ordenamiento jurídico. El contenido laboral de la constitución se divide en 3 bloques:

1-Derechos fundamentales:
-libertad para fundar sindicatos o para afiliarse
-derecho a la huelga
-derecho a no ser discriminado por razón de sexo, raza…

2-Derechos y libertades de los ciudadanos:
-derecho al trabajo
-derecho a la promoción a través del trabajo
-derecho a la elección de profesión u oficio
-derecho a la negociación colectiva
-derecho a un salario adecuado
-derecho a la libertad de empresa

3-Principios rectores de la política económica y social
-mantener un régimen publico de seguridad social
-realizar políticas orientadas al pleno empleo
-velar por la seguridad e higiene en el trabajo
-garantizar el descanso necesario
-fomentar la formación profesional

B) Las leyes emanadas de las cortes generales
Dos tipos:

1-Leyes orgánicas: regulan temas de especial importancia (estatutos de autonomía…) se aprueban por mayoria absoluta.

2-Leyes ordinarias: son las leyes aprobadas por las cortes generales (ley de empleo, el estatuto de los trabajadores…) se aprueban por mayoría simple.

C) Las normas con rango de ley emanadas del gobierno.
Dos tipos:

1-Decretos ley: se establecen en caso de urgente necesidad, el gobierno podrá dictar disposiciones legislativas provisionales (no podrán afectar en materias de leyes orgánicas).

2-Decretos legislativos: las cortes generales pueden delegar en el gobierno la facultad de dictar normas jurídicas con rango de ley.
Y pueden ser:
-textos articulado: el gobierno desarrolla unas directrices dadas por las cortes generales.
-textos refundidos: cuando las cortes autorizan al gobierno a reunir en un solo texto una serie de leyes dispersas que regulan la misma materia.

D) Los reglamentos
Son normas de rango inferior a las leyes, dictadas por el gobierno que desarrollan las leyes. Pueden ser:
-Reales decretos: los emite el gobierno
-Ordenes ministeriales: los emite el ministro

E) Los convenios colectivos
Acuerdo al que llegan empresarios y trabajadores, sobre la condiciones de trabajo para los próximos años. El contrato no puede empeorar lo que marca el convenio.

F) El contrato de trabajo
Documento que refleja la voluntad de las partes (trabajador y empresario). Ningún contrato puede establecer condiciones menos favorables a lo establecido en el convenio.

G) Los usos y costumbres locales y profesionales.
(Como se hace en ese lugar y en ese oficio). Se aplicaran cuando la propia ley se remita a esta costumbre local o profesional.

4.2 Fuentes Externas
Son aquellas internacionales y se caracterizan por su primacia sobre las de origen interno. Y son:

A) Los tratados internacionales
Son tratados aprobados entre países. Solo son validos si se sujetan a lo dispuesto en la constitución. Una vez aprobados en las cortes son publicados en el BOE.

B) La organización internacional del trabajo (OIT)
Es un organismo especializado de la ONU. Busca mejorar las condiciones de los trabajadores y el nivel de vida a nivel mundial. La Oit manifiesta 3 tipos de normas:

1- Convenios: tratados internacionales suscritos por varios estados.

2-Recomendaciones: Normas que obligan a informar sobre el grado de cumplimiento de lo recomendado.

3-Resoluciones: Expresa los criterios de la OIT y carecen de obligatoriedad.

C) La unión Europea
Es una organización constituida por diversos estados europeos. Tiene entre sus fines principales elevar el nivel de vida de los trabajadores de los estados miembros y equiparan las condiciones laborales en los distintos países.
Para ello cuentan con 5 instituciones:

1-Parlamento: elegido por los ciudadanos de los estados miembros.

2-Consejo: representa a los gobiernos de los estados miembros.

3-Comisión: órgano ejecutivo de la UE, representa y defiende los intereses de la UE en su conjunto.

4-Tribunal de justicia: garantiza el cumplimiento de las normas de la UE.

5- Tribunal de cuentas: efectúa el control de presupuesto de la UE.

Fuentes del derecho de la UE.

-Reglamentos: son de obligatorio cumplimiento para todos los países miembros.

-Directivas: son objetivos que cada país debe conseguir marcando unas leyes.

-Decisiones: son obligatorias pero no tienen alcance general, sino particular.

-Recomendaciones y dictámenes: consejos de la UE.

Dimensión social europea (enmarca las actuaciones en materia laboral de la UE).

1-Libre circulación de:
-Personas trabajadoras: todo ciudadano de la UE tiene derecho a residir y circular libremente por todo el territorio de la UE, incluso a trabajar con los mismos derechos que los trabajadores del país de acogida.

-Prestación de servicios: los trabajadores independientes y los artesanos pueden establecerse en cualquier país de la UE si demuestran que han ejercido su profesión en otro estado miembro de 3 a 6 años.

-Libertad de establecimiento: todos los ciudadanos de la UE tienen la posibilidad de desarrollar actividades por cuenta propia y de crear y gestionar empresas.

2-Condiciones de trabajo armonizadas:
-Han sido reguladas las siguientes materias: contratos de trabajo escritos, protección de la salud de los trabajadores, prohibición de trabajar a menores de 15 años y protección a la mujer embarazada.

3-Reconocimiento de las cualificaciones profesionales:
-Las profesiones de obrero y empleado cualificado se pueden ejercer en otro país cuando sus títulos hayan sido objeto de reconocimiento mutuo.

4-Acceso a la fundición publica:
-Las oposiciones a la fundición publica deben estar abiertas a todos los ciudadanos de los estados miembros de la Unión con excepción de los empleos que implican el ejercicio de poder publico y de la soberanía nacional (policía, alta administración…)

5- formación de los trabajadores
-El fondo social europeo fomenta la formación de los trabajadores y promueve la creación de empleo, concediendo subvenciones salariales…

5 Principios para la aplicación de las normas laborales.

1-Principio de norma minima: las normas de rano superior determinan el contenido mínimo que se debe cumplir.

2-Principio de norma mas favorable: cuando existan 2 o mas normas aplicables a un caso concreto, se aplicara la que en su conjunto, sea mas favorable para el trabajador.

3-Principio de irrenunciabilidad de derechos: los trabajadores no pueden renunciar a los derechos que tengan reconocidos en las normas legales y en los convenios colectivos (no pueden renunciar a las vacaciones retribuidas…)

4-Principio de condición mas beneficiosa: si una norma laboral establece condiciones peores que las contenidas en los contratos, prevalecerán las condiciones mas beneficiosas que se fijaron anteriormente.

5-Principio In dubio pro operario: este principio significa que los tribunales, en caso de duda sobre la aplicación de la norma, la interpretaran de la forma que resulte mas beneficiosa para el trabajador.

6 Derechos y deberes de los trabajadores.

1-Derechos básicos:
-trabajo de libre elección de la profesión
-libre sindicacion
-negociación colectiva
-adopción de medidas de conflicto colectivo
-reunión
-huelga
-participación en la empresa

2-Derechos en la relación con el trabajador:
-ocupación efectiva del puesto de trabajo
-promoción y formación profesional en el trabajo
-integridad física y adecuada política de protección en materia de seguridad e higiene
-respeto a la intimidad y a la consideración debida a la dignidad
-percepción puntual del salario
-ejercicio individual de las acciones derivadas del contrato de trabajo
-no ser discriminado por razón de edad, raza, sexo…
-protección frente a ofensas verbales, físicas o sexuales

3-Obligaciones de la relación laboral:
-cumplir las obligaciones del puesto de trabajo
-observar las medidas de seguridad e higiene
-cumplir las ordenes e instrucciones del empresario
-contribuir a la mejora de la productividad en la empresa
-no competir con la actividad de la empresa
-cuantas se deriven del contrato laboral

7 Sanciones

El empresario puede adoptar las medidas oportunas para vigilar y controlar el cumplimiento de las obligaciones del trabajador respetando su dignidad e intimidad. El trabajador debe cumplir las ordenes del empresario.
Antes de aplicar una sanción hay que comprobar que la falta no ha prescrito.
Plazos para sancionar:
-faltas leves-10 días naturales
-faltas graves- 20 días naturales- desde el momento en que el empresario tuvo conocimiento de la misma.
-faltas muy graves- 60 días naturales- prescribe a los 6 meses de su comisión.
No se podrá sancionar reduciendo los días de descanso aunque si se permite la suspensión de empleo y sueldo, siendo la máxima sanción el despido.

8 Los tribunales laborales

Están para resolver los conflictos que surgen en materia laboral y de seguridad social, una vez agotada la conciliación previa.
Ordenados jerárquicamente de menos a mas, así:

A) Juzgados de lo social:
Tienen jurisdicción en toda una provincia. Son competentes para conocer conflictos de trabajo individuales y colectivos, siempre que el ámbito no supere la provincia.

B)Salas de lo social de los tribunales superiores de justicia de las comunidades autónomas:
Tienen jurisdicción en el ámbito territorial de sus respectivas autonomías. Juzga los recursos de suplicación, y las 2 materias de ámbito sindical y colectiva cuyo ámbito sea de la comunidad autónoma.

C)Salas de lo social de la audiencia nacional:
Tienen sede en Madrid y jurisdicción en toda España. Conoce de los procesos en materia sindical y colectiva cuando su ámbito excede el de una autonomía.

D) Sala IV de lo social del tribunal supremo:
Tiene sede en Madrid y es el órgano jurisdiccional superior en todos los ordenes, con jurisdicción en toda España. Juzga recursos de casación contra las sentencias dictadas por los tribunales superiores de justicia de las comunidades autónomas y de la sala de lo social de la audiencia.

9 La administración laboral

Tiene como principales funciones desarrollar la política laboral mediante los órganos del ministerio de trabajo y las conserjerías de las comunidades autónomas, y velar por el cumplimiento de la normativa laboral mediante la inspección de trabajo.
Principios básicos:

1-Ministerio de trabajo e inmigración:
-la intervención del estado en el ámbito de las relaciones laborales es realizada por el gobierno a través del ministerio de trabajo e inmigración.

-la intervención normativa del ministro se realiza mediante la elaboración de reales decretos y ordenes ministeriales.

-para ejercer las funciones del ministerio de forma ágil existe una dirección provincial del ministro de trabajo e inmigración.

2-Comunidades autónomas:
-Las comunidades autónomas pueden dictar disposiciones legales para el desarrollo dentro de su ámbito territorial, respetando las bases del territorio nacional.

-el estado tiene competencia exclusiva en materia laboral y de seguridad social.

-para la ejecución y el control de la normativa laboral existen en cada comunidad consejerias o departamentos.

3-inspección de trabajo:
-la inspección de trabajo es un órgano de la administración del estado cuya finalidad es vigilar el cumplimiento de la legislación laboral.

-la inspección puede comenzar por iniciativa de la propia inspección, por orden superior, a solicitud del empresario, a petición de las entidades gestoras de la seguridad social o por denuncia de cualquier persona.

-los inspectores pueden entrar libremente en los centros de trabajo, investigar los libros y la documentación, suspender los trabajos y si procede, levantar actas de infracción.

Las funciones de la inspección de trabajo son:
-investigar las infracciones en materia laboral
-asesorar a los trabajadores y empresarios sobre sus derechos y obligaciones.
-mediar en los conflictos colectivos de trabajo
-emitir informes, expedientes de crisis y accidentes de trabajo
-adoptar medidas en materia de seguridad e higiene